Las versiones anteriores serán rechazadas a partir del 15 de septiembre de 2026 y no habrá periodo de gracia
WASHINGTON, D.C. — El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció que publicará nuevas ediciones de los Formularios I-539 e I-765 a partir del 15 de septiembre de 2026, como parte de los cambios necesarios para implementar una nueva regla federal relacionada con los periodos de admisión y las extensiones de estadía de determinados no inmigrantes.
Los cambios son especialmente importantes para las personas que necesitan presentar una solicitud de extensión o cambio de estatus migratorio mediante el Formulario I-539 o solicitar un permiso de trabajo (EAD) mediante el Formulario I-765.
USCIS advirtió que no habrá un periodo de gracia para utilizar las versiones anteriores después de la fecha límite.
¿Qué formularios cambiarán?
Los formularios tendrán una nueva fecha de edición:
- Formulario I-539: edición 09/15/26.
- Formulario I-765: edición 09/15/26.
El Formulario I-539 se utiliza, entre otros casos, para solicitar una extensión o cambio de estatus de no inmigrante. El I-765 permite a determinadas personas solicitar autorización de empleo y un Documento de Autorización de Empleo (EAD).
Las nuevas versiones reemplazarán las ediciones que USCIS utiliza actualmente.
¿Qué pasa si presenta el formulario antes del 15 de septiembre?
USCIS estableció reglas específicas dependiendo de la fecha en que se presente la solicitud.
Formulario I-539
La edición 08/28/24 seguirá siendo aceptada si la solicitud está matasellada o se presenta electrónicamente antes del 15 de septiembre de 2026.
Sin embargo, USCIS rechazará esa versión si se presenta o se matasella el 15 de septiembre de 2026 o después.
A partir de esa fecha, únicamente se aceptará la nueva edición 09/15/26.
Formulario I-765
Para el I-765, la edición 08/21/25 podrá utilizarse si la solicitud está matasellada o se presenta electrónicamente antes del 15 de septiembre de 2026.
Después de esa fecha, USCIS rechazará la edición anterior y solamente aceptará la versión 09/15/26.
No habrá periodo de gracia
Uno de los puntos más importantes del anuncio es que USCIS no ofrecerá un periodo de transición para continuar utilizando las versiones anteriores.
La agencia explicó que las nuevas ediciones son necesarias para poder implementar los cambios derivados de una nueva regla final relacionada con el establecimiento de un periodo fijo de admisión y un procedimiento para solicitar extensiones de estadía para determinados estudiantes académicos, visitantes de intercambio y representantes de medios de comunicación extranjeros.
Por esta razón, presentar una versión incorrecta después de la fecha límite podría provocar el rechazo de la solicitud.
USCIS ya publicó versiones preliminares
Debido a que no habrá periodo de gracia, USCIS está proporcionando versiones preliminares de los formularios I-539 e I-765 con fecha 09/15/26, junto con sus respectivas instrucciones.
La agencia hizo una advertencia importante: no se deben presentar las versiones 09/15/26 antes del 15 de septiembre de 2026.
Las nuevas ediciones solamente serán aceptadas si la solicitud es presentada electrónicamente o tiene matasellos con fecha 15 de septiembre de 2026 o posterior.
¿Qué deben hacer los solicitantes?
Las personas que estén preparando una solicitud de extensión o cambio de estatus, o una solicitud de autorización de empleo, deben revisar cuidadosamente la fecha de edición que aparece en la parte inferior del formulario antes de enviarlo.
USCIS recomienda consultar directamente las páginas oficiales de los Formularios I-539 e I-765 para verificar cuál edición corresponde a la fecha en que se presentará la solicitud.
Un error en la edición utilizada podría provocar el rechazo del trámite, por lo que quienes tengan una solicitud pendiente de presentar cerca de la fecha de cambio deben prestar especial atención a los plazos.
Importante: Esta información es de carácter general y no constituye asesoría legal. Las personas con dudas sobre su situación migratoria deben considerar consultar con un abogado de inmigración o un representante acreditado.
